Examinando por Materia "Lawyers"
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Publicación Acceso abierto Informe Jurídico sobre Expediente N° 03934-2022-PHC/TC(Universidad Privada Norbert Wiener, 2025-10-17) Chirinos Morales, Jheison Stivie; Hurtado Espinoza, Antuanette KristalEl informe a continuación jurídico analiza el caso del Sr. Jorge Javier Martínez Ramos quien en representación de la señora Norma Aida Ramos Celis se interpuso un recurso de agravio constitucional. Se examina la resolución de fecha dieciocho de julio del año 2022 emitida por la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de la ciudad de Lima en adelante CSJL, quienes declararon como improcedente la demanda de hábeas corpus presentada a su favor. La demanda original, interpuesta el nueve de abril delo año 2022, fue dirigida hacia los jueces de la Primera Sala Penal de la CSJL y los jueces de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República en adelante CSJR. Donde se alegó la trasgresión de los derechos a la tutela procesal efectiva, así como también al debido proceso, a la debida motivación de las resoluciones judiciales y derechos conexos como a la libertad individual. Específicamente, se solicitó la nulidad de la sentencia del 16 de junio de 2016 que condenó a Jorge Javier Martínez Ramos por los delitos de robo agravado y asociación ilícita, imponiéndole una pena de 35 años de prisión (Expediente 30901-2012). También se pidió la nulidad de la Ejecutoria Suprema R.N. 2555-2016 del 3 de agosto de 2017, que confirmó dicha condena. En consecuencia, se solicitó la libertad del Sr. Martínez Ramos. La Sala Superior confirmó la resolución apelada, argumentando que la sentencia condenatoria original contenía una motivación suficiente y que los argumentos de la defensa habían sido debidamente analizados y desvirtuados. Finalmente, el TC resolvió declarar improcedente la demanda de hábeas corpus. En su sentencia, el Tribunal argumentó que los cuestionamientos planteados por la demandante no guardaban relación al contenido constitucionalmente protegido de los derechos invocados, sino a aspectos de mera legalidad cuya revisión no corresponde a la vía del hábeas corpus. El presente informe jurídico se enfoca en identificar y analizar los principales problemas jurídicos suscitados en este caso, a la luz de la normativa vigente y la doctrina legal aplicable. Se busca determinar si las resoluciones judiciales emitidas se ajustaron a derecho y si fueron debidamente motivadas, tomando en consideración los argumentos de las partes y los fundamentos de la decisión del Tribunal Constitucional.Publicación Acceso abierto Informe Jurídico sobre Expediente N° 06737-2019-6-3207-JR-PE-06(Universidad Privada Norbert Wiener, 2025-05-09) Chauca Ayala, Jeffry Jean Carlo Gerhard; Talledo Chávez, Hugo SergioEn el presente informe jurídico examinaremos con relación a la investigación que aborda sobre el tipo penal de Lesiones Graves la cual se encuentra regulado en el artículo 121° del C.P., donde el sentenciado agredió con un arma blanca al agraviado, introduciendo un cuchillo de 15 cm. a la altura del abdomen causando una lesión que ponía en riesgo su vida. Poniéndose en conocimiento ello al Ministerio Público para que desarrolle las diligencias preliminares urgentes y necesarias, entre ellas la declaración del agraviado, testigos, pericia biológica, reconocimiento médico legal del agraviado, declaración del investigado y entre otras. Al haber recabado todos los elementos de convicción, la Fiscalía emite requerimiento acusatorio en contra del sentenciado solicitando 7 años de P.P.L. y el pago de S/ 15,000 soles como indemnización civil. Encontrándose en la etapa de Juicio Oral los sujetos procesales, quienes son la defensa técnica y la Fiscalía plantean su teoría del caso y el A quo valora todos los medios de prueba resuelve condenar al sentenciado a 5 años de P.P.L. y al pago de la indemnización civil por la suma de S/10,000 soles. En relación a ello, se realizó un análisis con respecto a los puntos controvertidos o problemas jurídicos y asimismo a la valoración del Juez que realizó en su sentencia en primera instancia, ¿debió considerar el juez que no se halló el objeto punzocortante para poder determinar la responsabilidad al sentenciado? y finalmente si el sentenciado actuó en legítima defensa. En conclusión, se pudo determinar de que el Juez realizo una correcta valoración probatoria existiendo suficiencia de la misma, coherencia y congruencia en su motivación y así se pudo determinar que no fue necesario hallar el objeto punzocortante, toda vez que se contaban con elementos periféricos que coadyuvaron a la decisión del Juez y asimismo se pudo concluir de que no existió legítima defensa por parte del sentenciado, toda vez que el mismo no cumplió con los supuestos de la legitima defensa.
